De la sesión informativa a la mediación
Mediación civil y mercantil

De la sesión informativa
a la mediación

Un proceso estructurado
Adaptable a las circunstancias

Estas son las fases típicas de una mediación estándar. Pueden ocupar una o varias sesiones, y algunas requieren más de una reunión, conjunta o individual.

El proceso comienza con una reunión informativa gratuita y, si las partes deciden continuar, avanza a través de las fases preparatoria, de mediación formal y, opcionalmente, de monitorización del acuerdo.

Fase Previa
Sesión informativa
Gratuita · Sin compromiso

Reunión entre el mediador y una o ambas partes —o sus asesores— por separado o conjuntamente, en la que se explica en qué consiste la mediación y cómo esta puede ayudarlas.

Qué es la mediación y sus principios rectores
Cómo puede ayudar el mediador
La mediación como MASC y el requisito de procedibilidad
Ventajas frente a la vía judicial
Honorarios e información sobre próximos pasos

Esta sesión es distinta de la sesión inicial prevista en el artículo 17 de la Ley 5/2012, que da inicio al procedimiento de mediación regulado legalmente.

Si las partes deciden continuar
Fase I
Preparatoria
1.1
Análisis del conflicto
Estudio de antecedentes y verificación de que el conflicto es susceptible de ser resuelto mediante mediación, y definición de su alcance. Requerirá habitualmente una o varias reuniones individuales presenciales u online y/o conferencias telefónicas, con el fin de obtener información sobre el fondo de la controversia y otros extremos necesarios.
1.2
Solicitud de mediación
Formalización de la solicitud de mediación, conforme a lo establecido en el artículo 16 de la Ley 5/2012, de mediación en asuntos civiles y mercantiles, y del acuerdo para someter la solución del conflicto a mediación, entre las partes y el mediador. La solicitud de inicio de la mediación interrumpe la prescripción o suspende la caducidad de acciones.
1.3
Organización del proceso
Definición del marco y hoja de ruta de la mediación: modalidad (presencial o telemática), sesiones conjuntas o individuales, y planificación.
Fase II
Mediación formal
2.1
Sesión inicial
Necesariamente conjunta. Su celebración en las condiciones establecidas en el artículo 17 de la Ley 5/2012 permite tener por cumplido el requisito de procedibilidad, incluso en caso de inasistencia injustificada de alguna de las partes. A continuación, sin interrupción o dentro del plazo que establezca el mediador, se celebra la sesión constitutiva, con el contenido establecido en el artículo 19 de la Ley 5/2012.
2.2
Escucha y entendimiento
Las partes exponen su visión y, con ayuda del mediador, afloran los intereses reales que laten tras cada posición. Puede requerir varias reuniones, conjuntas o individuales.
2.3
Generación y validación de soluciones
Se generan opciones, se evalúan y se validan las viables. Puede requerir varias reuniones, conjuntas o individuales.
2.4
Formalización del resultado
Acta reflejando el acuerdo alcanzado por las partes o, en su caso, el resultado infructuoso de la mediación, para su constancia a los efectos oportunos.
Fase III Opcional
Monitorización
3.1
Seguimiento del acuerdo
Si así lo prevén y acuerdan las partes.